Todo lo que debes saber sobre el grabado de patentes

Protección y Seguridad

Todo lo que debes saber sobre el grabado de patentes

6 Jun, 2024

Gracias a la nueva ley 21.601, los conductores ahora tienen la obligación de grabar las patentes de los vehículos en los vidrios y espejos laterales. Sin embargo, esta novedosa normativa dejó abiertas muchas dudas entre los dueños de vehículos motorizados, especialmente sobre plazos y otros requisitos.

Dado lo anterior, te invitamos a conocer el detalle práctico de esta nueva realidad, que afectará a todos los automovilistas del país. ¡No te lo pierdas y ponte al día!

¿A qué tipo de vehículo afectará?

La ley modificó la normativa de tránsito vigente, y obliga a los dueños de los vehículos a realizar el grabado de patentes. Todo esto con el objetivo de prevenir la venta de automóviles robados o partes de estos.

Esta norma incluye a todos los vehículos motorizados, por lo que considera autos, camionetas, jeeps, furgones, entre otros. En otras palabras, prácticamente todo el mercado nacional de vehículos motorizados.

¿Qué partes del auto debo grabar?

El reglamento es el documento que define qué vidrios se deben modificar para cumplir con la nueva norma legal. Ahora que ya conocemos su versión definitiva, te compartimos la información disponible al respecto:

  • El grabado tiene que ser permanente, para que no pueda ser borrado.
  • En el caso de autos, camionetas, furgones o buses, se exige el grabado de al menos seis vidrios: laterales, luneta y parabrisas. A ellos se deben agregar ambos espejos laterales.

  • Si el vehículo tiene menos espejos, como el caso de las motos, deberá estar grabada la patente en todos ellos.

  • Tanto las letras como los números en los vidrios laterales, parabrisas y lunetas deben ser de entre 7 a 10 milímetros de altura. Deben tener un estilo de letra que no sea cursiva ni negrita.

  • En el caso de los espejos laterales, la altura mínima estará entre los 5 y 10 milímetros.

  • En el parabrisas el grabado tiene que ser hecho en el vértice inferior derecho. Lo anterior a partir del punto de vista de un observador externo.

En otras palabras, se deberán marcar vidrios laterales, parabrisas, luneta trasera y espejos laterales. Siempre es recomendable ir a un proveedor especializado para realizar este proceso.

¿Qué incluye esta nueva disposición?

Junto con el mencionado grabado, también se prohíbe conducir con focos adicionales o distintos a los permitidos por la ley de tránsito. Otra novedad es que no se podrá realizar la venta de combustible a los vehículos que no tengan alguna de sus placas patentes.

También sanciona el conducir motocicletas con cascos que no cumplan con los requisitos que establece la ley. Entre estas exigencias está el contar con la certificación de seguridad correspondiente o que el casco permita la visión periférica del motociclista. Por último, tampoco estará autorizado el uso de cualquier elemento o luz que oculte la placa patente.

Un detalle relevante es que los vehículos con patentes de otros países no deberán cumplir con esta normativa. Los autos considerados como históricos por la ley también quedarán exentos.

Respecto a las multas por no grabar la patente, estarán entre 1 y 1,5 UTM, lo que se traduce en montos aproximados desde los $65.182 hasta los $97.773. También Carabineros está autorizado para retirar el vehículo de las calles, como actualmente ocurre al circular sin revisión técnica o sin permiso de circulación.

Por ello es muy necesario cumplir con esta regulación, para evitar requerir asistencias como un servicio de grúas o reparaciones.

¿Hasta cuándo puedo grabar la patente?

La Ley señala que para vehículos antiguos será exigible después de 12 meses de publicado el reglamento en el diario oficial. En tanto, el plazo será de cuatro meses para vehículos motorizados nuevos.

La publicación ocurrió de forma definitiva el martes 14 de mayo de 2024, por lo tanto, habrá plazo hasta mayo de 2025 para llevar a cabo el grabado en vehículos motorizados antiguos y hasta septiembre de 2024 para estar al día con los vehículos nuevos. Se considera como vehículo nuevo aquel que haya sido adquirido después del 1 de septiembre de 2023.

El Ministro de transportes, Juan Carlos Muñoz, aclaró que quienes ya grabaron sus patentes no tendrán que hacerlo de nuevo. Esto será siempre que el grabado permita la correcta identificación de la patente y que esté hecho de forma permanente.

En resumen, la normativa deberá ser cumplida por todos, desde los autos más económicos hasta los de mayor confort. ¡Infórmate lo mejor que puedas para que puedas conducir tu vehículo sin preocupaciones por todo el país!

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